El Ministerio de Gobierno (Mingob), a través de la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP), que en dio a conocer que en conjunto con el Ministerio de Salud (Minsa) y con el propósito de salvaguardar la vida, la salud y el respeto a los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad, en la lucha contra el COVID-19, se tomaron las siguientes medidas temporales:
1. Considerando que la población penitenciaria debe ser protegida de focos externos de posible contagio se indica que:
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a) Se mantiene la suspensión de toda visita externa y se ordenan medidas estrictas de sanidad a los custodios y personal administrativo de los centros penitenciarios, otorgándoles gel alcoholado y mascarillas para su uso.
b) Cabe resaltar que los familiares de los privados de libertad continuarán llevando enseres y comida seca a los centros penitenciarios a nivel nacional (el día que le corresponde la visita, aunque no tendrán contacto alguno con los reclusos), cumpliendo estrictamente con las regulaciones del Minsa, usando el último número de su cédula.
c) No se permite ningún ingreso de nuevos aprehendidos de manera directa a los centros penitenciarios sin pasar por estrictos protocolos de salud y un periodo de aislamiento de
15 días, en una zona que se equipó con ese objetivo, una vez el periodo de aislamiento y cuarentena pase, se procederá con el traslado a un centro penitenciario.
Hay que seguir las normas
2. Acceso a cuidados de salud física y emocional:
a) Como medida preventiva y de salubridad, se incrementó el acceso del agua en los centros penitenciarios por medio de carros cisternas y también el suministro de jabones, para asegurar el lavado de manos de los privados de libertad.
b) Se elaboró un plan de acción en el que se están equiparando centros de aislamientos de acuerdo a cada penal, en dado caso se de algún positivo de Covid-19 y brindarles los cuidados correspondientes.
c) El Minsa de manera coordinada con la Dirección General del Sistema Penitenciario, realiza constantes charlas de capacitación a los privados de libertad, con el objetivo de explicarles qué es el COVID-19 y cuáles son las medidas de higiene personal para evitar el contagio.
d) Se están instalando un mayor número de equipos para que mediante videoconferencias, las personas privadas de libertad tengan comunicación con su defensa legal.
Adicional a lo anterior y con el fin de mejorar las condiciones de vida de los reclusos, el Mingob ha tomado las siguientes medidas para aliviar el hacinamiento:
1. Se está elaborando una lista de rebaja de pena para liberar privados y privadas de libertad que tengan enfermedades crónicas, sean mayores de 60 años y a su vez hubiesen cumplido con los requisitos de buena conducta, índices de readaptación, cumplimiento de los reglamentos carcelarios y dos tercios de su pena.
2. Se giraron instrucciones a las Juntas Técnicas de todos los centros de rehabilitación Femenina a fin de que tramiten de forma expedita una lista de privadas de libertad que estén embarazadas, sean madres de niños dependientes, cumplan con los requisitos de buena conducta, índices de readaptación, cumplimiento de los reglamentos carcelarios y dos tercios de su pena.
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El Sistema Penitenciario continuará de forma responsable, aplicando las recomendaciones del Minsa, para minimizar los riesgos de contagio en los penales, por lo que le hacemos un llamado a los familiares de los privados de libertad para que se sumen al cumplimento de las mismas, ya que su colaboración en este sentido es crucial para contrarrestar el COVID-19 y proteger la vida y la salud de los privados de libertad en el territorio nacional.